Regl. 9494, art. 7.3

ENMIENDAS A LA ORDEN DE COMPRA O CONTRATO,

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Cite as Reglamento Núm. 9494, Art. 7.3

ALTERACIÓN DE CUANTÍA ORIGINAL; NOTIFICACIÓN El Director de Compras tiene la responsabilidad de autorizar aquellas enmiendas a las órdenes de compra previamente emitidas o contratos previamente otorgados que tengan el efecto de aumentar el valor de la compra adjudicada de bienes, obras y servicios no profesionales. La notificación de enmienda debe estar debidamente documentada y fundamentada. ARTÍCULO B-6: MODIFICACIONES AL DERECHO DE RECONSIDERACIÓN O REVISIÓN ADMINISTRATIVA. Se enmienda la Parte 6 del Reglamento 9415 para que lea de la siguiente manera: "PARTE 6 RECONSIDERACIONES Y REVISIÓN JUDICIAL
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