Regl. 9494, art. 7.3
ENMIENDAS A LA ORDEN DE COMPRA O CONTRATO,
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Cite as Reglamento Núm. 9494, Art. 7.3
ALTERACIÓN DE CUANTÍA ORIGINAL; NOTIFICACIÓN
El Director de Compras tiene la responsabilidad de autorizar aquellas enmiendas
a las órdenes de compra previamente emitidas o contratos previamente otorgados
que tengan el efecto de aumentar el valor de la compra adjudicada de bienes, obras
y servicios no profesionales. La notificación de enmienda debe estar debidamente
documentada y fundamentada.
ARTÍCULO B-6: MODIFICACIONES AL DERECHO DE RECONSIDERACIÓN O REVISIÓN
ADMINISTRATIVA.
Se enmienda la Parte 6 del Reglamento 9415 para que lea de la siguiente manera:
"PARTE 6 RECONSIDERACIONES Y REVISIÓN JUDICIAL