Regl. 9496, art. 3.2
SOLICITUD PARA CONTRATAR SERVICIOS PROFESIONALES
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Cite as Reglamento Núm. 9496, Art. 3.2
El procedimiento de contratación tiene su inicio cuando la Unidad Requirente tiene la
necesidad de adquirir un servicio para llevar a cabo sus funciones y prepara una solicitud a
tales fines. Al recibir cualquier solicitud de las unidades requirentes, la AMA abrirá un
expediente y lo identificará con el número correspondiente.