Regl. 9496, art. 3.3-3.3.3 dup2

CONDICIONES GENERALES COMPULSORIAS A SER INCLUÍDAS EN

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Cite as Reglamento Núm. 9496, Art. 3.3-3.3.3 dup2

TODAS LAS INSTRUCCIONES DE INVITACIÓN A COTIZAR O SOLICITUD DE PROPUESTAS, SEGÚN EL ASUNTO OBJETO DE ÉSTAS Toda convocatoria para participar en procesos competitivos para la contratación de servicios profesionales deberá incluir lo siguiente: a) Instrucciones Generales Las Instrucciones Generales contendrán disposiciones sobre el modo de preparar y entregar las cotizaciones, propuestas o declaración de cualificaciones, y los requisitos que deben reunir los licitadores, conforme lo establecido en este Reglamento, entre otras. b) Instrucciones Especiales Las instrucciones especiales son instrucciones que el Presidente, o persona delegada por éste, interesa sean incluidas para facilitar la evaluación y adjudicación de las licitaciones. Esto es propio para asuntos de alta complejidad técnica que amerita un nivel de detalle mayor para asegurar el cumplimiento de la solución deseada. c) Alcance de Trabajo Son el conjunto de características funcionales de cada uno de los servicios profesionales que se solicitan, y que estarán contenidas en la parte descriptiva de lo solicitado en el pliego y claramente identificado como "alcance de trabajo" (Scope of Work o SOW). i. Un alcance de trabajo modelo será utilizado en cada renglón aplicable a ser preparado por la Unidad Requirente, junto con la Oficina de Compras o la Junta de Subastas. También podrá ser por un Comité Técnico constituido por el Presidente para tales propósitos. Número de Reglamento 0 Procedimiento: I-24-01 DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS AUTORIDAD METROPOLITANA DE AUTOBUSES Título del Reglamento o Procedimiento: REGLAMENTO PARA LA CONTRATACIÓN COMPETITIVA DE SERVICIOS PROFESIONALES Página 25 de 61 ii. El alcance de trabajo de los servicios que se pretendan adquirir ofrecerá objetivos claros y comprensibles. iii. La AMA deberá establecer especificaciones claras, comprensibles y objetivas, que respondan a criterios objetivos de desempeño óptimo del servicio a ser adquirido o contratado. iv. En caso de que la normativa federal establezca requerimientos sobre especificaciones distintos a los aquí establecidos, prevalecerá lo allí dispuesto, cuando se utilicen fondos federales para la adquisición en proceso. V. Asimismo, la AMA se asegurará de contar con el personal adecuadamente adiestrado, preparado, supervisado y con el conocimiento necesario para llevar a cabo la función de preparar las solicitudes de cualificaciones o propuestas o invitaciones a cotizar para potenciales proveedores de servicios profesionales, de forma tal que se asegure un proceso adecuado. vi. Cuando estén disponibles, ya sea por virtud de alguna ley o normas adoptadas por organizaciones profesionales, el alcance de trabajo hará referencia a los estándares de conducta profesional esperada. d) Fianzas Cuando la contratación de los servicios profesionales lo amerite, se podrá requerir a quienes liciten o presenten propuestas varios tipos de fianzas, con el propósito de asegurar el cumplimiento con la obligación contraída. En aquellas ocasiones en que sea requisito la prestación de fianza, esto se especificará siempre en las instrucciones de la Solicitud de Propuestas. Las fianzas se prestarán conforme lo dispuesto en el Artículo 3.4 de este Reglamento. e) Licencias 0 Certificaciones Las instrucciones deben enumerar aquellas licencias profesionales o certificaciones necesarias para poder aquilatar que en efecto el licitador posee las cualificaciones para poder realizar el servicio profesional. f) Vigencia del Contrato Como regla general, la vigencia de los contratos de servicios profesionales será por un término no mayor de un año. Si el término fuera menor, así se hará constar en las instrucciones. El contrato podrá cubrir dos años fiscales, pero se limitará a doce meses y deberá incluir una cláusula que especifique que el mismo será Número de Reglamento 0 Procedimiento: I-24-01 DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS AUTORIDAD METROPOLITANA DE AUTOBUSES Título del Reglamento O Procedimiento: REGLAMENTO PARA LA CONTRATACIÓN COMPETITIVA DE SERVICIOS PROFESIONALES Página 26 de 61 hasta el cierre del año y que se prorrogará hasta cumplir los doce meses calendarios adicionales, siempre y cuando las partes estén de acuerdo y haya fondos disponibles en la partida presupuestaria apropiada. A modo excepcional, se permitirán contratos gubernamentales multianuales cuando el servicio se pueda obtener así de forma más eficiente y económica, y sea imprescindible para garantizar el servicio público. g) Condiciones adicionales Las condiciones de una invitación a cotizar o una solicitud de propuesta o solicitud de cualificaciones puede incluir cualquier condición adicional que, a juicio del Presidente o su delegado, entienda que deba ser incluida para garantizar y salvaguardar los mejores intereses de la AMA.
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