Regl. 9496, art. 3.6-3.6.1 dup2

ÉTICA DEL CONTRATISTA

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Cite as Reglamento Núm. 9496, Art. 3.6-3.6.1 dup2

La AMA no contratará a ningún proveedor de servicios profesionales que no cumpla con las disposiciones del Código de Ética para Contratistas, Suplidores y Solicitantes de Incentivos Económicos del Gobierno de Puerto Rico, contenido en la Ley Núm. 2-2018, según enmendada. Tampoco se contratará a ninguna persona que haya cometido delito de fraude, despilfarro o abuso contra el erario. a) Conflicto de Intereses La entidad seleccionada para rendir servicios profesionales a la AMA debe certificar que ningún empleado, funcionario, agente o miembro de la junta, 0 sus familiares inmediatos, socio u organización que emplee o esté a punto de emplear, mantiene relación o parentesco con personas que participan en la selección, adjudicación o administración de un contrato con la Autoridad, y que, de ser así, se trataría de un conflicto de intereses, real o aparente. Tal conflicto surgiría cuando cualquiera de las personas enumeradas anteriormente tiene un interés financiero 0 de otro tipo en la empresa seleccionada para la adjudicación. b) Regalos La entidad seleccionada para rendir servicios profesionales a la AMA debe certificar que ningún empleado, funcionario, agente 0 miembro de la junta, o sus familiares inmediatos, socio u organización que emplee o esté a punto de emplear, ha hecho regalos, u ofertas de regalos a los funcionarios, empleados, agentes o miembros Número de Reglamento o Procedimiento: I-24-01 DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS AUTORIDAD METROPOLITANA DE AUTOBUSES Título del Reglamento o Procedimiento: REGLAMENTO PARA LA CONTRATACIÓN COMPETITIVA DE SERVICIOS PROFESIONALES Página 30 de 61 de la Junta de Subastas de la AMA. Igualmente, tiene que notificar si algún empleado de la AMA ha solicitado o aceptado regalos, propinas, favores o cualquier cosa de valor monetario de contratistas, a contratistas potenciales o partes de subcontratos. c) Contubernio Ningún potencial proveedor que participe en un proceso competitivo acordará con otros potenciales proveedores fijar costos o entrar en acuerdos que afecten la sana competencia. d) Ética Profesional Todo contratista de servicios profesional deberá cumplir con la conducta profesional impuesta por ley o típicamente reconocida para la clase a la que pertenece. e) Licitadores Excluidos Cuando medien fondos federales, aquel licitador que esté excluido para hacer negocios con el Gobierno de los Estados Unidos y sus agencias, también lo estará para hacer contratos con la AMA. f) Cabildeo En procesos de contratación mayores a $100,000.00, todo licitador interesado en participar deberá certificar que cumple con las restricciones contra el cabildeo para que se le adjudiquen contratos gubernamentales. g) Igual Oportunidad de Empleo Todo contratista de la AMA debe certificar que cumple con los requisitos de Igual Oportunidad de Empleo ("EEO" por sus siglas en inglés) y cualquier otra prohibición aplicable contra el discrimen. PARTE 4 MÉTODOS DE ADQUISICIÓN
Regl. 9496, art. 3.6-3.6.1 dup2: ÉTICA DEL CONTRATISTA | Justis AI