Regl. 9496, art. 5.1-5.1.4 dup2
PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR CONTRATACIÓN EXCEPCIONAL
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Cite as Reglamento Núm. 9496, Art. 5.1-5.1.4 dup2
La Contratación Excepcional será realizada mediante adquisición directa al proveedor o
suplidor de servicios profesionales. A discreción del Director de Compras se podrán requerir
cotizaciones a los proveedores de servicios como parte del trámite de contratación
excepcional, siguiendo lo dispuesto en el Artículo 4.1 de este Reglamento,
independientemente del monto de la contratación. En los casos en que se han de contratar
servicios profesionales, sufragados con fondos Estatales o fondos propios de la AMA, y su
cuantía exceda los $250,000.00, se seguirán las pautas impuestas en la Orden Ejecutiva 2021-
029, o cualquier otra norma que le sustituya.
PARTE 6 RECONSIDERACIONES Y REVISIÓN JUDICIAL