Regl. 9496, art. 6.1-6.1.1
INFORMACIÓN MANDATORIA EN LOS AVISOS DE ADJUDICACIÓN
Length: 165 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9496, Art. 6.1-6.1.1
Una vez la Junta de Subastas realice la adjudicación correspondiente, ésta procederá a
notificar su determinación final mediante un aviso o notificación de adjudicación, el cual
incluirá determinaciones de hecho y conclusiones de derecho. Dicho aviso o notificación se
remitirá mediante correo certificado del Servicio Postal de los Estados Unidos con acuse de
recibo o correo electrónico a todas las partes que tengan derecho a impugnar tal
determinación, entiéndase, a todos los licitadores participantes, no agraciados en el proceso.
El Aviso de Adjudicación deberá incluir: (i) los nombres de los licitadores que participaron
en la subasta y una sÃntesis de sus propuestas; (ii) los factores o criterios que se tomaron en
cuenta para adjudicar la subasta; (iii) los defectos, si alguno, que tuvieran las propuestas de
los licitadores perdidosos, y (iv) la disponibilidad y el plazo para solicitar la revisión
administrativa y revisión judicial. La Oficina de Compras o la Junta de Subastas deberá
archivar en autos copia del Aviso y constancia de la notificación.