Regl. 9499, art. IV

APLICABILIDAD

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Cite as Reglamento Núm. 9499, Art. IV

Este Reglamento será aplicable a todos los miembros de la población correccional recluidos en las instituciones correccionales bajo la jurisdicción del Gobierno de Puerto Rico y a todo el personal encargado de la evaluación, concesión, supervisión y revocación de permisos a los miembros de la población correccional.
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