Regl. 9502, art. 6-6.2 dup2

Procedimiento para el estudiantado que proviene de la

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Cite as Reglamento Núm. 9502, Art. 6-6.2 dup2

alternativa académica de enseñanza en el hogar y desea admisión o readmisión a una escuela del DEPR 6.2.1. El estudiante de enseñanza en el hogar que interese ingresar a una escuela del DEPR será referido a la UEEH del nivel central del DEPR para ser evaluado. 6.2.2. Para evaluar a estos estudiantes, se les requerirán los siguientes documentos: 6.2.2.1. Lista de libros, programados o páginas electrónicas, utilizados por grado, y año escolar; debe incluir los temas ofrecidos por asignatura. 6.2.2.2. Un portafolio por asignatura y grado de los trabajos realizados mientras estuvo en la modalidad de enseñanza en el hogar. 6.2.2.3. Transcripción de créditos del último grado aprobado en una escuela pública O privada acreditada. 6.2.2.4. Información de la escuela donde será matriculado el estudiante: 6.2.2.5. Certificación escolar que indique que este estudiante está en proceso de matrícula en la escuela identificada. 6.2.2.6. Nombre de la escuela, código y teléfono 6.2.2.7. Identificación del estudiante 6.2.2.8. Foto 2x2 6.2.2.9. Certificado de nacimiento (original y copia) 6.2.2.10. Tarjeta de residencia O pasaporte para el estudiante de otros países 6.2.2.11. Plan de Servicios (PS) vigente, si recibe servicios del Programa de Educación Especial. 6.2.2.11.1. Proceso de matrícula y ubicación REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS ACADÉMICOS Y LA ADMISIÓN DE ESTUDIANTES PROCEDENTES DE LA ALTERNATIVA EDUCATIVA DE ENSEÑANZA EN EL HOGAR (HOMESCHOOLING) LOS ESTADOS UNIDOS Y OTROS PAÍSES DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO PÁGINA 17 6.2.2.12. El director de escuela referirá por escrito, a los estudiantes provenientes de la modalidad Homeschooling que interesen matricularse en la escuela, inclusive a aquellos que se hallan matriculado en línea, a la UEEH de nivel central. 6.2.2.13. La UEEH de nivel central autorizará una matrícula provisional de acuerdo con la edad del estudiante y la evidencia presentada por un término de un mes. Además, asignará la administración de la prueba Línea Base, Prueba de Ubicación O prueba equivalente del grado que corresponda, especificando que el estudiante es procedente de Homeschooling. 6.2.2.14. La madre, el padre O el tutor legal del estudiante será responsable de presentar la matrícula provisional ofrecida por la UEEH de nivel central y de cumplir con todos los documentos de matrícula correspondiente, aplicable a cada escuela del DEPR. 6.2.2.15. El director matriculará provisionalmente en el grado, según indicado por la UEEH de nivel central y administrará la prueba Línea Base, su equivalente O referirá para la Prueba de Ubicación en la ORE, según establecido a continuación: 6.2.2.15.1. primer grado: Se le ofrecerá la evaluación de Kínder. Para ubicarse oficialmente en primer grado, debe cumplir con los requisitos mínimos establecidos en la política vigente del programa de Educación Temprana en las Escuelas Primarias del Departamento de Educación de Puerto Rico. 6.2.2.15.2. segundo grado: El estudiante debe aprobar, con un mínimo de ejecución de 70 %, las tres (3) pruebas Línea Base de las materias de Español, Matemáticas e Inglés, O prueba equivalente asignada por la UEEH de nivel central para ubicar en el grado correspondiente y realizar el proceso de matrícula oficial. Esta prueba se administrará en la escuela. REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS ACADÉMICOS Y LA ADMISIÓN DE ESTUDIANTES PROCEDENTES DE LA ALTERNATIVA EDUCATIVA DE ENSEÑANZA EN EL HOGAR (HOMESCHOOLING) LOS ESTADOS UNIDOS Y OTROS PAÍSES DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO PÁGINA 18 6.2.2.15.3. tercero a octavo grado: El estudiante debe aprobar, con un mínimo de ejecución de un 70 %, en las materias de Español, Matemática e Inglés de la Prueba de Ubicación O prueba equivalente, asignada por la UEEH de nivel central para ubicar en el grado correspondiente y realizar el proceso de matrícula oficial. La Prueba de Ubicación se administrará en la ORE. 6.2.2.15.4. noveno a duodécimo grado: El estudiante debe aprobar, con un mínimo de ejecución de un 70%, las tres (3) pruebas Línea Base de las materias de Español, Matemáticas e Inglés, o prueba equivalente, asignada por la UEEH de nivel central para ubicar en el grado correspondiente y realizar el proceso de matrícula oficial. Esta prueba se administrará en la escuela. 6.2.2.16. Estudiantes provenientes de Estados Unidos o del extranjero, cuyo primer idioma no es el español: El estudiante debe aprobar, con un mínimo de ejecución de un 60 % en la materia de Español de la prueba Línea Base, la Prueba de Ubicación O prueba equivalente asignada por la UEEH de nivel central; y con un mínimo de ejecución de 70%, en las materias, de Matemáticas e Inglés de las pruebas Línea Base O prueba equivalente asignada por la UEEH; para ubicar en el grado correspondiente y realizar el proceso de matrícula oficial. El director de escuela será responsable de garantizar los acomodos razonables que están establecidos en el «Plan Escolar de Desarrollo del Lenguaje». 6.2.2.17. Estudiantes con discapacidad. A todo estudiante con discapacidad se le garantizarán los acomodos razonables que estén estipulados en su plan 504, plan educativo individualizado (PEI) O plan de servicios (PS), según sea el caso. REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS ACADÉMICOS Y LA ADMISIÓN DE ESTUDIANTES PROCEDENTES DE LA ALTERNATIVA EDUCATIVA DE ENSEÑANZA EN EL HOGAR (HOMESCHOOLING) LOS ESTADOS UNIDOS Y OTROS PAÍSES DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO PÁGINA 19 6.2.2.18. El director de escuela tendrá la responsabilidad de convocar a una reunión en la que se discutirán los resultados de las pruebas ofrecidas. En dicha reunión estarán presentes: un maestro del nivel, un personal de apoyo, un maestro de Educación Especial, si aplica, y la madre, el padre O el tutor legal del estudiante. 6.2.2.19. Para los estudiantes con discapacidad que alcancen la ejecución esperada por el grado, el Comité 504 procederán a revisar el Plan 504 y a matricular al estudiante en el programa de estudios regular. Si el estudiante recibe servicios del Programa de Educación Especial, el COMPU procederá a revisar el PEI y recomendará la alternativa de ubicación salón regular, conforme se establece en el reglamento de la Ley IDEIA, sección 300.116. Si el estudiante no alcanza la ejecución esperada, el Comité 504 O el COMPU deberá analizar si los acomodos razonables le permitieron demostrar sus capacidades en las diferentes materias O si requiere de otros servicios como asistencia tecnológica. De haber tenido acceso apropiado al material: 6.2.2.19.1. Para un estudiante con plan 504, se procederá a analizar el funcionamiento académico y completar el proceso de matrícula según se realiza con el estudiante regular. 6.2.2.19.2. Para un estudiante con PEI, el COMPU deberá revisar el PEI y determinar, según el funcionamiento académico. 6.2.2.19.3. Presentado cuáles serían los servicios por recibir, la ubicación apropiada para implementarlos e identificada la localización disponible en la oficina regional educativa, según se establece en el Manual de Procedimientos de Educación Especial. 6.2.2.19.4. Los acuerdos establecidos en esta reunión serán recogidos en una minuta y se honrarán para efectos de completar el expediente académico del estudiante en el Sistema de Información Estudiantil (SIE). 6.2.2.19.5. Se entregará, a la madre, el padre O el tutor legal, evidencia, por escrito, de los resultados obtenidos y del grado de ubicación. REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS ACADÉMICOS Y LA ADMISIÓN DE ESTUDIANTES PROCEDENTES DE LA ALTERNATIVA EDUCATIVA DE ENSEÑANZA EN EL HOGAR (HOMESCHOOLING) LOS ESTADOS UNIDOS Y OTROS PAÍSES DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO PÁGINA 20 6.2.2.19.6. Se enviará a la UEEH copia de la minuta y de los resultados del examen de ubicación, estos deben indicar la determinación de la ubicación. 6.2.2.19.7. Los años cursados en Homeschooling no llevarán notas en el SIE. El director de la escuela actualizará la información en el SIE y escribirá el código T-300 en todos los grados cursados en la modalidad Homeschooling, previos al grado de matrícula oficial.
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