Regl. 9503, art. XIX dup2

Beca de Honor de Estudiantes de Escuelas Especializadas

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Cite as Reglamento Núm. 9503, Art. XIX dup2

La Oficina para la Promoción de la Excelencia Académica Estudiantil ofrecerá la Beca de Honor a estudiantes de escuelas especializadas. Esta beca tiene como propósito premiar a los estudiantes de los grados octavo y duodécimo que han demostrado un promedio de 4.00 y que hayan tenidos logros en la especialidad de la escuela 9.1. Criterios 9.1.1. Ser un estudiante con matrícula activa en una de las escuelas especializadas del DEPR. 9.1.2. Cursar los grados de octavo O duodécimo. 9.1.3. Haber cumplido con los cursos requeridos en su currículo de escuela especializada. 9.1.4. Tener un índice académico de 4.00 en la especialidad. 9.1.5. Evidenciar los logros obtenidos, por los últimos tres años. 9.2. Requisitos 9.2.1. Presentar un portafolio que incluya los logros obtenidos dentro de la especialidad de la escuela por los últimos tres años. 9.2.2. Entregar dos (2) cartas de recomendación, una de estas deberá ser del director de la escuela especializada matriculada. GOBIERNO RICO Reglamento para la Promoción de la Excelencia Académica Estudiantil mediante la Concesión de Becas, Incentivos, Ayudas para Viajes Educativos, y Proyectos Especiales 12 para Estudiantes con Excelencia Académica, Talentosos y con Habilidades Especiales 9.2.3. Los solicitantes serán parte de un proceso competitivo. Se establecerá un comité en el nivel central que estará compuesto por el gerente de operaciones de la Oficina para la Promoción de la Excelencia Educativa, por el gerente de operaciones de escuelas especializadas y por un representante con dominio de la especialidad de la escuela. Este comité utilizará una rúbrica para evaluar los portafolios y, de esta forma, seleccionar a los estudiantes a los cuales se les otorgarán las becas.
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