Regl. 9504, art. 3.03

Proceso de evaluación

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Cite as Reglamento Núm. 9504, Art. 3.03

La Oficina del Programa de Turismo Médico evaluará la solicitud del Negocio Elegible en aras de corroborar que ésta cumple con los criterios y los requisitos para su certificación. Dentro de veinte (20) días de presentada una Solicitud, el(la) Director(a) presentará una recomendación al(a la) Secretario(a). La recomendación podrá ser a favor de la certificación como negocio partícipe de Turismo Médico, en contra de la certificación, o a favor de emitir una certificación provisional con condiciones. La certificación provisional con condiciones establecerá un término de sesenta (60) días para que el Negocio Elegible cumpla con las condiciones establecidas en la certificación. En caso de que el Negocio Elegible cumpla con las condiciones, la certificación cobrará vigencia por el término de un (1) año, retroactivo a la fecha de su presentación. De no cumplir con las condiciones establecidas, la certificación no cobrará vigencia O, en caso de que se haya emitido una certificación provisional, ésta será cancelada y el Negocio Elegible tendrá que presentar su Solicitud nuevamente. Dentro de diez (10) días de presentada la recomendación del(de la) Director(a) de la Oficina, el(la) Secretario(a) deberá acoger O rechazar la misma. La determinación del (la) Secretario (a), será notificada al Negocio Elegible con copia de la recomendación del(la) Director(a) de la Oficina y la certificación, de haber sido concedida. En el caso que el(la) Secretario(a) haya rechazado la recomendación del(de la) Director(a) de la Oficina, se incluirá, además, una breve resolución exponiendo las razones por las que se tomó tal determinación. La certificación concedida por el(la) Secretario(a) a un Negocio Elegible representa que éste ha cumplido con los criterios, estándares y procedimientos aplicables, respecto a la calidad y excelencia en la prestación de servicios de salud y turísticos, y hace elegible dicha actividad para los beneficios establecidos en la presente Ley. Reglamento para el Programa de la Oficina de Turismo Médico Página 12-16
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