Regl. 9506, art. IV-4.6
Deberes del Secretario de la Junta de Subastas
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Cite as Reglamento Núm. 9506, Art. IV-4.6
El Secretario de la Junta de Subastas vendrá obligado a:
1. Responder directamente al Presidente.
2. Custodiar toda la información contenida en los libros, récords, expedientes y
documentos de la Junta.
3. Mantener récord de toda la correspondencia recibida O despachada por la Junta.
4. Recibir, custodiar y velar por la tramitación adecuada de los expedientes de subastas
O propuestas.
5. Citar a las reuniones de la Junta de Subastas.
6. Notificar las adjudicaciones y acuerdos de la Junta al Secretario.
7. Custodiar el sello de la Junta.
8. Tomar las minutas de las reuniones de la Junta y levantar las actas sobre los acuerdos
y recomendaciones.
9. Cumplir con todas las funciones y deberes inherentes a su cargo