Regl. 9506, art. IV-4.6

Deberes del Secretario de la Junta de Subastas

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Cite as Reglamento Núm. 9506, Art. IV-4.6

El Secretario de la Junta de Subastas vendrá obligado a: 1. Responder directamente al Presidente. 2. Custodiar toda la información contenida en los libros, récords, expedientes y documentos de la Junta. 3. Mantener récord de toda la correspondencia recibida O despachada por la Junta. 4. Recibir, custodiar y velar por la tramitación adecuada de los expedientes de subastas O propuestas. 5. Citar a las reuniones de la Junta de Subastas. 6. Notificar las adjudicaciones y acuerdos de la Junta al Secretario. 7. Custodiar el sello de la Junta. 8. Tomar las minutas de las reuniones de la Junta y levantar las actas sobre los acuerdos y recomendaciones. 9. Cumplir con todas las funciones y deberes inherentes a su cargo
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