Regl. 9507, art. 10 dup2

Procedimiento para Presentar, Investigar y Adjudicar Querellas

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Cite as Reglamento Núm. 9507, Art. 10 dup2

Cualquier persona empleada por la Oficina, aspirante a empleo o estudiante de internado que tenga conocimiento o considere que ha sido objeto de hostigamiento sexual en el empleo, en cualquiera de sus modalidades, debe presentar una Querella siguiendo el procedimiento aquí establecido. Esta tiene la opción de presentar su Querella verbal, escrita o anónima. Cuando la Querella es presentada por un contratista o por cualquier otra persona que presencia o tiene conocimiento de estos actos, se aplica el mismo trámite. Todo el procesamiento de la Querella, hasta su resolución final, se lleva a cabo con la diligencia que permitan las circunstancias. Todas las personas interventoras toman las medidas adecuadas para evitar que se prolongue irrazonablemente la adjudicación del asunto ante su consideración. you
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