Regl. 9507, art. 3
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Cite as Reglamento Núm. 9507, Art. 3
Este Reglamento tiene el propósito de prevenir, desalentar y evitar el
hostigamiento sexual en la Oficina. Además, para atender con prontitud toda
querella al respecto. De esta forma, se cumple con la política del Gobierno del
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, según enunciada en la Ley 17.