Regl. 9515, art. 4

POLÍTICA PÚBLICA

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Cite as Reglamento Núm. 9515, Art. 4

La Junta de Gobierno del CRIM establece la política pública para regir los asuntos relacionados al cumplimiento de las funciones y deberes conferidos mediante la Ley 107- 2020, relativos a la declaración de cuentas incobrables. Mediante la promulgación de este reglamento y en el ejercicio de establecer política pública, la Junta de Gobierno habilita un procedimiento ágil y eficaz de administración financiera saludable que redunda en beneficio de los Municipios. La presente normativa permitirá mayor exactitud en el discernimiento del estado de las cuentas por cobrar y brinda la oportunidad de mantener actualizados sus libros y récords de forma continua, lo cual aportará un mayor grado de fiabilidad a las proyecciones financieras de los municipios. Este Reglamento se interpretará de forma estricta y con el mayor grado de adhesión a los preceptos legales de la Ley 107-2020, Id. Este Reglamento se interpretará de forma estricta para uniformar los procesos de depuración y declaración de deudas incobrables.
Regl. 9515, art. 4: POLÍTICA PÚBLICA | Justis AI