Regl. 9516, art. 6.6.2
ELECCIÓN DEL SECRETARIO EJECUTIVO
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Cite as Reglamento Núm. 9516, Art. 6.6.2
El Secretario Ejecutivo será seleccionado por votación en la primera reunión ordinaria celebrada
de conformidad con este Reglamento. Dicha reunión será citada por el Administrador o su
representante autorizado, quien fungirá como Secretario Ejecutivo Interino, hasta tanto se
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seleccione la persona que ocupará el puesto. La selección del Secretario Ejecutivo será por
nominación de los demás miembros y la votación debe ser por mayorÃa de los presentes. En caso
de no salir seleccionada una persona por mayorÃa de los presentes, se llevará a cabo una segunda
votación en la misma reunión. En caso de que dicha segunda reunión finalice sin la selección del
Secretario Ejecutivo, la persona con mayor cantidad de votos será seleccionada, a pesar de no
contar con la mayorÃa de los votos. En el caso de un empate, el voto del Administrador decidirá la
persona seleccionada.