Regl. 9516, art. 6.6.2-6.1

COMPOSICIÓN

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Cite as Reglamento Núm. 9516, Art. 6.6.2-6.1

La Junta estará compuesta por cinco (5) miembros: 1. El Administrador o su representante autorizado, quien será su Presidente; 2. El Director, quien actuará como presidente alterno en caso de ser necesario; y 3. Tres (3) miembros adicionales que serán nombrados por el Administrador y representarán los intereses de los Donatarios y Donatarios Potenciales según se establece en el Artículo 6.6 de este Reglamento. El Administrador podrá designar más miembros a la Junta Asesora de ser necesario, previa determinación de necesidad, a través de Carta Circular de ASG. La Junta, en su primera reunión del término, o en la próxima reunión luego de surgir una vacante, elegirá de entre sus miembros al Secretario Ejecutivo.
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