Regl. 9520, art. 9 dup2
Factores para Determinar Conducta de Hostigamiento Sexual
Length: 168 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9520, Art. 9 dup2
Para determinar si la alegada conducta constituye hostigamiento sexual en el empleo se toma en
consideración lo siguiente:
La totalidad de las circunstancias en que ocurrieron los hechos, así como la
naturaleza de los acercamientos o requerimientos sexuales y el contexto en el cual
ocurrió la alegada conducta. La determinación de la ilegalidad de la conducta
imputada se hará basada en los hechos de cada caso en particular y tomando en
consideración el estado de derecho vigente al momento de los hechos.
La relación de empleo entre las partes involucradas, para determinar si la persona
que cometió el acto de hostigamiento sexual actuó en su capacidad de
representante o supervisor del patrono. No es necesario establecer que el
representante o supervisor que cometió el acto de hostigamiento sexual
supervisaba directamente al querellante.
La totalidad de la investigación realizada por el investigador de la OCIF 0 personal
subcontratado por ésta sobre la alegada conducta, las partes, sus testimonios y
toda aquella información adicional que surja de la investigación realizada.