Regl. 9524, art. 4-7
Sobrecargo para el Fideicomiso del Plan de Pensiones y Bienestar de los
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Cite as Reglamento Núm. 9524, Art. 4-7
Prácticos de Puerto Rico Toda Embarcación sujeta a los servicios de practicaje que entre y
salga de los puertos de Puerto Rico deberá aportar un sobrecargo calculado a base de un GRT
Rate equivalente a $0.0075 a ser destinado para el Plan de Pensiones y Bienestar de los
Prácticos de Puerto Rico.