Regl. 9524, art. 4-8

Sobrecargo para la Comisión de Practicaje de Puerto Rico Toda

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Cite as Reglamento Núm. 9524, Art. 4-8

Embarcación sujeta a los servicios de practicaje que entre y salga de los puertos de Puerto Rico deberá aportar un sobrecargo calculado a base de un GRT Rate equivalente a $0.00208569 a ser destinado para sufragar los gastos operacionales de la Comisión de Practicaje de Puerto Rico. CAPÍTULO III OTROS CARGOS O PENALIDADES
Regl. 9524, art. 4-8: Sobrecargo para la Comisión de Practicaje de Puerto Rico Toda | Justis AI