Regl. 9524, art. 4-8
Sobrecargo para la Comisión de Practicaje de Puerto Rico Toda
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Cite as Reglamento Núm. 9524, Art. 4-8
Embarcación sujeta a los servicios de practicaje que entre y salga de los puertos de Puerto Rico
deberá aportar un sobrecargo calculado a base de un GRT Rate equivalente a $0.00208569 a
ser destinado para sufragar los gastos operacionales de la Comisión de Practicaje de Puerto
Rico.
CAPÍTULO III
OTROS CARGOS O PENALIDADES