Regl. 9533, art. 11-11.3

Secretario(a)

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Cite as Reglamento Núm. 9533, Art. 11-11.3

i. Será responsable de las minutas y actas de las reuniones o Asambleas, y entregará copia a cada miembro, una semana antes de la próxima reunión. ii. Custodiará y ordenará los archivos y documentos de la Organización de Residentes. 14 iii. Será responsable de convocar a los miembros de la Junta a solicitud del(de la) Presidente(a) a reuniones ordinarias o extraordinarias. iv. Desempeñará aquellos deberes que le encomiende el (la) Presidente(a). V. Estará facultado(a) a grabar las reuniones para mayor fidelidad en las notas, enmiendas o acuerdos que han de constar en las minutas, siempre y cuando todos los presentes estén de acuerdo. La Junta Directiva determinará en qué tipo de reuniones ejercerá tal facultad.
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