Regl. 9533, art. 6-6.1

La Junta Comunitaria será una organización sin fines de lucro

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Cite as Reglamento Núm. 9533, Art. 6-6.1

sujeta a las leyes y a la jurisdicción del Estado Libre Asociado 8 de Puerto Rico. Podrá estar o no incorporada, según la experiencia y la organización comunitaria lo permita, así como los fines y propósitos de la organización.
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