Regl. 9536, art. 10.2

Deberes y Facultades del Comité

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Cite as Reglamento Núm. 9536, Art. 10.2

El Comité tendrá los siguientes deberes y facultades: 1. Evaluar las ofertas y recomendar la adjudicación de las subastas al Director Ejecutivo. 2. Enviar el expediente del caso objeto de subasta a la Unidad de Gestión de Cobros para su archivo. 3. Adoptar mecanismos gerenciales que garanticen el mejor funcionamiento y agilización de las subastas. 4. Someter recomendaciones al Director Ejecutivo sobre posibles revisiones y/o enmiendas a este Reglamento 0 a los procedimientos establecidos para el mantenimiento y disposición de propiedades embargadas. 5. Someter ante la consideración del Director Ejecutivo mecanismos alternos para la disposición de las propiedades embargadas. Esto incluye recomendar la contratación de compañías externas para la celebración de subasta, realizar estudios de título y diligenciamiento personal.
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