Regl. 4105, art. 9-9.3 dup2
Ejecución de los Planes de Adiestramiento
Length: 264 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 4105, Art. 9-9.3 dup2
1. Responsabilidad de la Junta de Calidad Ambiental
(Nombre de la Agencia)
Se asignará a una unidad específica en la Junta de Calidad Ambietal
(Nombre de la agencia)
la función de adiestramiento de personal. Esta unidad deberá planificar, ejecutar y evaluar las actividades contenidas en el plan preparado por la Junta de Calidad Ambiental
para el adiestramiento,
(Nombre de la agencia)
61 -
capacitación y desarrollo de su personal para satisfacer aquellas
necesidades privativas de la misma. Asimismo, dicha unidad canalizará con el Instituto la participación de la Junta de Calidad
(Nombre de la
Ambiental
en las actividades destinadas a satisfacer
agencia)
necesidades generales y comunes.
La Junta de Calidad Ambiental
desarrollará su propio pro-
(Nombre de la agencia)
grama de adiestramiento para satisfacer sus necesidades particulares
así como programas de pago de matrícula, concesión de licencias para
estudios, adiestramientos de corta duración y otros, en forma semejante a los que se desarrollan en las agencias bajo la Administración
Central.
2. Establecimiento de criterios por la
Junta de Calidad Ambiental
(Nombre de la agencia)
La Junta de Calidad Ambiental
establecerá los criterios
(Nombre de la agencia)
para la selección de las personas a ser adiestradas, los instructores, el contenido de los cursos de adiestramiento y la evaluación
de éstos, para aquellas actividades destinadas a satisfacer necesidades inherentes a su particular función. Se podrá solicitar el
asesoramiento del Instituto o contratar con el mismo servicios técnicos y de asesoramiento así como el uso de facilidades, materiales
y equipo, conforme a las normas y procedimientos que para estos fines
establezca el Director de la Oficina Central.