Regl. 9540, art. 17

PRESENTACIÓN DE ALEGACIONES Y DOCUMENTOS

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Cite as Reglamento Núm. 9540, Art. 17

17.1 El querellado o peticionado tendrá veinte (20) días contados a partir del recibo de la notificación de la querella O petición para presentar moción O escrito en contestación a la querella O petición. Esto aplicará solo en los casos en los que el oficial examinador lo haya ordenado. 17.2 Los escritos posteriores a la notificación de la querella 0 petición, incluyendo la contestación deberán presentarse en el Foro por correo ordinario, electrónico 0 personalmente. La evidencia de la radicación personal O por correo ordinario será el ponche de la Oficina de Oficiales Examinadores al momento de recibirse. Las radicaciones que se efectúen mediante correo electrónico se entenderán presentadas en la fecha y hora de transmisión del documento. 17.3 Una moción o un escrito que no tenga evidencia de su radicación se entenderá que no fue presentado. 17.4 Las partes están obligadas a notificar a las otras partes copia de los escritos y documentos que presenten en la Oficina de Oficiales Examinadores. 17.5 Toda escrito O moción debe presentarse en la Oficina de Oficiales Examinadores en original, personalmente, por correo ordinario O por correo electrónico enviado a foro@oppea.pr.gov.
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