Regl. 9540, art. 2

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Cite as Reglamento Núm. 9540, Art. 2

Estas reglas se promulgan al amparo de las facultades conferidas a la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada bajo la Ley Núm. 76 de 24 de julio de 2013, conocida como Ley de la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada, que autoriza a reglamentar, adjudicar y fiscalizar el cumplimiento de la política pública en entidades públicas O privadas; la Ley Núm. 38 de 30 de junio de 2017, según enmendada, conocida como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico; Ley Núm. 147 de 27 de septiembre de 2019, conocida como Ley Especial de Procesos Administrativos Expeditos para Personas de la Tercera Edad y la Ley Pública Núm. 89-73 de 14 de julio de 1965, según enmendada, conocida como "Older Americans Act of 1965".
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