Regl. 9540, art. 8
GARANTÍAS PROCESALES
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Cite as Reglamento Núm. 9540, Art. 8
8.1 En todo procedimiento ante el Foro se salvaguardarán los siguientes
derechos:
A. Derecho a la notificación oportuna de la querella O reclamo en contra de una parte.
B. Derecho a presentar evidencia y testigos, a interrogar y contra interrogar.
C. Derecho a una adjudicación imparcial.
D. Derecho a que la decisión esté basada en el expediente.
E. Derecho a solicitar reconsideración.
Reglamento de procedimientos adjudicativos y
multas de la Oficina del Procurador de
las Personas de Eda Avanzada
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