Regl. 9540, art. 9

PRESENTACIÓN DE QUERELLA, PETICIÓN O REVISIÓN

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Cite as Reglamento Núm. 9540, Art. 9

9.1 Quién puede radicar una querella, petición O revisión: A. Cualquier persona afectada por una acción u omisión en violación a las leyes O reglamentos bajo la jurisdicción de la OPPEA. B. Cualquier persona O agencia que tuviere conocimiento o sospecha de un acto u omisión en violación a las leyes O reglamentos bajo la jurisdicción de la OPPEA. C. La persona perjudicada por: 1. La notificación de cierre de caso emitida de la Procuraduría de Protección y Defensa. 2. La notificación de cierre de caso emitida del Programa Estatal del Procurador de Cuidado de Larga Duración. 3. La determinación final de Terminación de la Propuesta Vigente de fondos federales al amparo de la Older American Act, 2 CFR 200.338-200.345. 4. Un Aviso de Multa. 5. El incumplimiento con una resolución final 0 Aviso de Multa. 9.2 La querella, petición O revisión podrá presentarse personalmente en la recepción de la oficina central de la OPPEA, por correo ordinario 0 por correo electrónico enviado a foro@oppea.pr.gov. 9.3 Requisitos de la querella, petición o solicitud de revisión. A. La querella, petición O revisión deberá ser por escrito y contener lo siguiente: 1. Nombre completo de todas las partes; entiéndase, querellante O peticionario y querellado o peticionado. Si es una corporación, sociedad especial O profesional, se incluirá: su nombre legal, el nombre bajo el cual hace negocios, nombre del presidente, director o supervisor, y de ser conocido, el nombre del agente residente. 2. La edad del querellante O peticionario. 3. Teléfono, y direcciones física, postal y electrónica 4. Relación sucinta y clara de los hechos constitutivos del reclamo. 5. Fecha de los hechos. Reglamento de procedimientos adjudicativos y multas de la Oficina del Procurador de las Personas de Eda Avanzada Página 14 6. Una relación O descripción detallada de los documentos disponibles para sostener las alegaciones y copia de estos. 7. Referencia a las disposiciones legales aplicables, si se conocen. 8. Descripción detallada sobre el remedio que solicita. Si solicita indemnización por daños y perjuicios, deberá describir los daños e indicar la cantidad que solicita. 9. Firma del querellante, peticionario O su representante autorizado. 10. En los casos en los que la querella, petición o solicitud de revisión la presente un representante autorizado, deberá acreditarse su capacidad de representación por escrito. 11. En los casos en los que la querella, petición O solicitud de revisión la presente un abogado, deberá acompañar la moción asumiendo representación legal. B. La querella O petición presentada por la Oficina deberá contener: 1. Nombre completo de las partes, O en su defecto, cualquier dato que pueda llevar a su identificación. Si es una corporación, sociedad especial O profesional, se incluirá su nombre legal, el nombre bajo el cual hace negocios, el nombre del presidente, director o supervisor, y de ser conocido, el nombre del agente residente. En el caso de que el querellado sea una Agencia deberá incluir el nombre del director de la División Legal. 2. Números de teléfonos, y direcciones físicas, postal y electrónicas de todas las partes. 3. Fecha de los hechos. 4. Relación sucinta y clara de los hechos constitutivos que dan origen a la petición o querella y de la fecha en que ocurrieron, 5. Las disposiciones legales O reglamentarias que sirven de fundamento a su reclamo. 6. Una relación O descripción detallada de los documentos disponibles para sostener las alegaciones y copia de estos. 7. Descripción detallada del remedio, y si se solicita la imposición de una multa, la cantidad. Reglamento de procedimientos adjudicativos y multas de la Oficina del Procurador de las Personas de Eda Avanzada Página 15 8. Nombre y firma del funcionario que representa la querella O petición. 9.4 Los escritos que no cumplan con lo dispuesto en los incisos 1, 2, 3, 4 y 9 de la sección 9.3.A O los incisos 1, 2, 4, 5, 7 y 8 de la sección 9.3.B, se tendrán por no presentados. 9.5 Cuando se presente la querella, petición O solicitud de revisión por correo electrónico, la fecha de su radicación será la confirmación con fecha y hora de envío del documento. 9.6 Cuando se presente la querella, petición O solicitud de revisión por correo ordinario O personalmente, la fecha de radicación será la fecha y hora del recibo en la oficina de los oficiales examinadores.
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