Regl. 9541, art. 16-14
- RESPONSABILIDAD DEL OFICIAL PRINCIPAL DE
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Cite as Reglamento Núm. 9541, Art. 16-14
INFORMÁTICA DE LA CORPORACIÓN DE LAS ARTES MUSICALES
El OPI tendrá la responsabilidad de:
(a) Contratar los servicios de una compañía que se dedique a emitir certificaciones digitales,
cuando se opte por la alternativa de firmas digitales.
(b) Procurar y mantener un sistema que permita crear firmas digitales o electrónicas para
documentos electrónicos y que, además, permita manejarlos y preservarlos.
(c) Tomar las medidas de seguridad necesarias para proteger las firmas digitalizadas que
puedan estar grabadas en bases de datos contra el acceso por personas no autorizadas.
(d) Adoptar y mantener continuamente la plataforma centralizada de manejo de identidad de
los usuarios, y la configuración en esa plataforma de los grupos de seguridad, que determinarán
el acceso a las plataformas electrónicas de la CAM ya que este será el principal vehículo para
administrar la automatización de procesos de la institución.
(e) Adoptar estándares de autenticación de identidad razonables y apropiados para el nivel de
responsabilidad y control de riesgo aplicable a cada tipo de transacción, proceso o formulario
electrónico en el cual se utilizarán firmas digitales, electrónicas, o aprobación mediante botones
en formularios electrónicos.