Regl. 9549, art. VI
DEFINICIONES
Cite as Reglamento Núm. 9549, Art. VI
A.
Adulto - Persona de veintiún años O más, que no reúne los
requisitos para cualificar como ciudadano de edad avanzada o
"Super Senior".
B.
AMA Autoridad Metropolitana de Autobuses
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01-003
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C.
Área de Control de la Estación Área de información donde la
persona puede recibir ayuda y asistencia.
D.
Área de Estacionamiento - Aquellas áreas provistas por la
Autoridad de Carreteras y Transportación, las cuales son utilizadas
por los pasajeros del Tren Urbano como instalación para estacionar
y viajar.
E.
ATI Alternativa de Transporte Integrado, sistema de transporte
compuesto por varios sistemas de transportación pública.
F.
Autoridad Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico.
G.
Bicicleta - Vehículo de dos ruedas impulsado por una persona,
provisto de un manubrio en la parte delantera, un asiento para el
conductor y dos pedales que transmiten el movimiento de las piernas
a la rueda trasera mediante una cadena y un piñón.
H.
Bicicleta eléctrica Bicicleta con motor eléctrico y categorizado en
tres clases basados en capacidad de impulso. Clase I: Bicicleta con
asistencia de pedal, con velocidad máxima de 20 mph. Clase II:
Bicicleta con asistencia de pedal, botón de aceleración, y velocidad
máxima de 20 mph. Clase III: Bicicleta con asistencia de pedal,
botón de aceleración, y velocidad máxima de 28 mph.
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I.
Bicicleta plegable Bicicleta con capacidad de ser doblada a un
tamaño más compacto y de tal manera que puede ser cargada como
equipaje.
J.
Caja Electrónica para el Cobro de Tarifa ("Electronic Farebox")
Aparato mecánico para el pago de tarifa en autobuses.
K.
Ciudadano de Edad Avanzada (Senior Citizen) Aquella persona
entre las edades de 60 y 75 años.
L.
Concesión ("Concession") - Aquella categoría de tarifa que aplica
a personas de edad avanzada (60 a 75 años).
M.
Concesionario de Tarjeta de Pago ("Fare dealer") - El agente de
la empresa que opera Tren Urbano autorizado al expendio de
tarjetas de pago de tarifa en sus diferentes medios.
N.
Departamento Departamento de Transportación y Obras
Públicas.
O.
Día de Semana Cualquier día de lunes a viernes que no sea un
día feriado oficial.
P.
Día Feriado Oficial ("Statutory Holiday"): Aquel día feriado
designado por el Gobierno de Puerto Rico y de los Estados Unidos
de América.
Q.
Efectivo ("Cash") Monedas o papel moneda impreso por el
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Gobierno de los Estados Unidos.
R.
Empresa Operadora compañía contratada por la Autoridad para
operar el Tren Urbano.
S.
Estudiante Todo estudiante del sistema escolar público y privado,
además de todos los estudiantes de Universidades e Institutos de
enseñanza superior acreditados, ubicados en los municipios donde
se extienda la red de transportación pública del Tren Urbano.
T.
"Fare Gate" Barrera ubicada a la entrada o salida de una
instalación para estacionamiento de Tren Urbano, donde se requiere
el pago de la tarifa.
U.
Fines de Semana Cualquier día de sábado y domingo.
V.
Máquina de Venta de Boletos ("TVM") Aparato mecánico que
expide tarjetas de pago de tarifas válidas.
W.
Metrobús Servicio de autobuses contratado por la Autoridad para
proveer servicio en las rutas C22, C35, C36 E10 E30, E40, T3 y
futuras expansiones del mismo.
X.
Niño Persona cuya edad es menor de seis años.
Y.
Operador La persona responsable de velar por la operación de un
vehículo de transporte colectivo.
Z.
Pasajero - Cualquier persona utilizando 0 con intención de utilizar
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el sistema de transporte
AA.
Patinete (Escúter) Vehículo para deslizarse por superficies duras
y lisas que consiste en una plataforma alargada montada sobre dos
o cuatro ruedas y provista de una barra, un manillar en el que se
apoyan las manos; para andar en él, se coloca un pie sobre la
plataforma impulsándola desde el suelo con el otro pie.
BB.
Patinete (Escúter) eléctrico Vehículo con motor eléctrico para
deslizarse por superficies duras y lisas que consiste en una
plataforma alargada montada sobre dos o cuatro ruedas y provista
de una barra y un manillar en el que se apoyan las manos; para
andar en el, se coloca un pie sobre la plataforma impulsándola
desde el suelo con el otro pie.
CC.
Persona con impedimento Toda persona con un impedimento de
naturaleza motora, mental o sensorial que le obstaculiza o limita
sustancialmente una o más de las actividades principales de la vida;
que tiene historial de un impedimento o es considerada una persona
con tal impedimento, según es definido en el American with
Disabilities Act de 1990, 42 U.S.C. g 12101 et seq. (ADA), en la Ley
Núm, 44 de 2 de julio de 1985, según enmendada, L.P.R.A.
§ 501 et seq. (Ley Núm. 44) y en la jurisprudencia interpretativa.
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DD.
Portador de Tarjeta ("Cardholder") Aquella persona en posesión
de una tarjeta válida de pago de tarifa renovable del Tren Urbano.
EE.
Portón de Estacionamiento ("Parking Gate") Las barreras
ubicadas en un estacionamiento de las estaciones del Tren Urbano.
FF.
Predios del Tren Urbano - Instalaciones físicas y alrededores del
Tren Urbano. Se excluye específicamente de esta definición, las
calles y las aceras circundantes a dichos predios.
GG.
Prueba de Pago ("Proof of Payment") Tarjeta de pago de tarifa
válida.
HH.
Recargar ("Recharge") - Añadir valores (dinero) a las tarjetas de
pago de tarifas.
II.
Reducción Mayor de Servicio ("Mayor Service Reduction")
cambio significativo, tanto en la frecuencia de los Viajes como en el
horario de servicio del Tren Urbano
JJ.
"Super Senior" Persona que es mayor de 75 años.
KK. Tándem Bicicleta movida por dos o más personas sentadas una
detrás de otra y provista de pedales para cada una de ellas.
LL.
Tarifa con Descuento (Discount Fare) Aquella tarifa aplicable
solamente a aquellos pasajeros que han pagado su pasaje con
descuento usando una tarjeta de pago de tarifa renovable de Tren
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Urbano que trasbordan entre Tren Urbano y el sistema de la AMA o
Tren Urbano y Metrobus. Dicho descuento no es aplicable a
pasajeros que pagan por medio de efectivo u otro medio que no sea
la tarjeta de Tren Urbano.
MM.
Tarjeta de Pago ("Farecard") La tarjeta plástica que conteniendo
una banda de información magnética provee para que el comprador
añada valor y cargue una cantidad específica de dinero desde una
máquina de venta de boletos (TVM).
NN.
Trasbordo Cambio de un medio de transportación a otro, dentro
del sistema coordinado por ATI, que incluyen a la AMA, Metrobús y
el Tren Urbano.
OO. Tren Urbano - Sistema de transportación masiva.
PP.
Viaje ("Trip") Traslado desde un punto de origen hasta un
destino.
QQ. Zona de Pago ("Fare Paid Zone") Aquella parte de la estación
cuyo acceso es obtenido atravesando barreras de cobro de tarifa,
incluyendo vehículos del Tren Urbano donde se requiere a los
pasajeros portar una tarjeta de pago de tarifa válida.
Se enmienda los Incisos O y Q del Artículo VII ("Normas y Condiciones
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Generales") del reglamento "NORMAS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE
TARIFAS, UTILIZACIÓN Y DISFRUTE DEL SERVICIO DE TRANSPORTACIÓN
DEL TREN URBANO", para que lean como sigue: