Regl. 9550, art. 2

BASE LEGAL.

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Cite as Reglamento Núm. 9550, Art. 2

Se establece este reglamento de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 76, del 24 de julio de 2013, según enmendada, conocida como "Ley del Procurador de las Personas de Edad Avanzada del Estado Libre Asociado de Puerto Rico". Asimismo, se adopta la política pública establecida mediante la Ley Núm. 38, del 30 de junio de 2017, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico", la Ley Núm. 46, del 29 de abril de 2008, conocida como "Ley de Seguridad para los Edificios Públicos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico", la cual establece como política pública promover y uniformar el grado mínimo de seguridad de todos los edificios públicos para, a su vez, salvaguardar la seguridad de sus visitantes y los empleados que laboran en todas las dependencias del Gobierno de Puerto Rico, al igual que proteger la integridad de la propiedad pública.
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