Regl. 9550, art. 4
DEFINICIONES.
Length: 664 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9550, Art. 4
Los términos utilizados en este reglamento se entenderán según los
Reglamento para el Us
Cámaras de Seguridad y Vigilancia
de la Oficina del Procuragor de las Personas de Edad Avanzada
Página 5
significados aquí expresados. El género utilizado incluye tanto masculino
como femenino.
1) Áreas Comunes Parte de los predios que son utilizadas por visitantes o
personal de la OPPEA, donde la expectativa de intimidad es nula, como
estacionamientos, pasillos internos y/o externos, escaleras, ascensores,
áreas abiertas de trabajo, puertas de entrada/salida, entre otros.
2) Agencia la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada.
3) Aviso Anuncio escrito, afiche o letrero colocado en los lugares en donde
se instale una o varias cámaras de seguridad que advierta sobre éstas.
Este sirve para comunicar a empleados y/o público que las facilidades
están siendo grabadas y/o monitoreadas para propósitos de seguridad.
4) Cámara de Video Dispositivo electrónico que capta y graba
simultáneamente imágenes en movimiento a través de lentes, ubicados
dentro del edificio y predios de la OPPEA. Algunas cámaras son fijas y
otras tendrán capacidad de realizar acercamiento, movimiento de izquierda
a derecha y desde arriba hacia abajo.
5) Contratista Toda persona, natural o jurídica, sus empleados o sus
representantes, que mantenga una relación contractual con la OPPEA,
incluido el personal contratado por servicios de empleo temporero y los que
laboren bajo contratos de servicios profesionales y/o consultivos.
6) DVR acrónimo en inglés de "Digital Video Recorder" Grabadora digital cuya
función se destina a grabar, almacenar y reproducir imágenes captadas por
las cámaras de vídeo.
7) Edificio Estructura que alberga cualquier oficina, oficina satélite y
oficinas regionales y/o cualquier otra propiedad inmueble donde ubiquen
oficinas de LA OPPEA o sea administrada por ésta.
8) Empleados Incluye aquellas personas que ocupan cargos o puestos en la
OPPEA, que pueden comprender los empleados de carrera, los de
nombramiento transitorio, los que se encuentran en período probatorio y
los empleados de confianza.
9) Expectativa de Intimidad Derecho de toda persona a la protección de la ley
contra ataques abusivos a su honra, a su reputación y a su vida privada o
familiar.
10) Monitor Equipo electrónico que proporciona datos visuales, para
observar en tiempo real la actividad capturada por las cámaras de video; y,
en el cual se puede observar lo que a su vez ha sido captado y grabado
por las cámaras de seguridad.
11) Oficial Principal de Informática Aquella persona designada(o) por el (la)
Procurador(a) para que realice las funciones establecidas en este
Reglamento en relación con el sistema de seguridad y vigilancia
Reglamento para el Us
Cámaras de Seguridad y Vigilancia
de la Oficina del Procuragor de las Personas de Edad Avanzada
Página 6
electrónica.
12) OPPEA la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada
13) Predios Se refiere a áreas exteriores y facilidades internas del edificio,
área de estacionamiento y cualquier área aledaña a los edificios de LA
OPPEA donde se realicen trabajos de servicio, así como cualquier oficina
temporera localizada en el/los edificios(s).
14) Reglamento Se refiere al Reglamento para el Uso de Cámaras de Seguridad
y Vigilancia de la OPPEA.
15) Sistema de Vigilancia Electrónica Mecanismo establecido en las
facilidades de la OPPEA, en su Oficina Central, para proteger y velar por la
seguridad de los empleados, sus contratistas, visitantes, así como al
público en general que visita las oficinas, o el edificio, así como proteger y
velar toda la propiedad pública y privada, ya sea mueble o inmueble, que
se encuentre en las referidas instalaciones o que traigan consigo las
personas antes mencionadas.
16) Tarjeta de Identificación Tarjeta emitida por la OPPEA a empleados que
realizan funciones en las facilidades de la OPPEA. La tarjeta contiene foto y
nombre de la persona y título desus funciones.
17) Visitante Toda persona que no es empleado o contratista de la OPPEA,
según definido por este Reglamento, que acude al edificio a recibir servicios,
realizar cualquier gestión o para cualquier otro propósito se encuentra en
las facilidades de la OPPEA.