Regl. 4106, art. 14
Prohibición
Length: 50 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 4106, Art. 14
Las disposiciones de la Ley de Personal del Servicio Público de Puerto Rico
y el Reglamento de Personal: Areas Esenciales al Principio de Mérito en cuanto
a la prohibición para efectuar diferentes transacciones de personal durante
períodos pre y post eleccionarios serán aplicables al personal en el servicio de
confianza.