Regl. 9551, art. 3.2 dup2

Notificación a los abogados de las partes

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Toda parte que esté representada por abogado recibirá las notificaciones de los documentos, citaciones y demás incidencias del caso por conducto de su abogado, excepto que el Oficial Examinador 0 el Juez Administrativo disponga otra cosa. Las notificaciones se podrán realizar por correo electrónico, correo ordinario, correo certificado o diligenciamiento personal, y deberá haber constancia del recibo. Sección. 3.3. Cómputo del término En el cómputo de cualquier término concedido, no se contará el día en que se realice el acto, evento o incumplimiento. El último día del término así computado se incluirá siempre que no sea sábado, domingo ni día de fiesta legal u oficial, extendiéndose entonces el plazo hasta el fin del próximo día laborable. Cuando el plazo concedido sea menor de siete (7) días, los sábados, domingos 0 días feriados u oficiales intermedios se excluirán del cómputo. Medio día feriado se considerará como feriado en su totalidad.
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