Regl. 9551, art. 4.2

Propósito de la conferencia con antelación a la vista

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Cite as Reglamento Núm. 9551, Art. 4.2

Durante la Conferencia con Antelación a Vista se discutirán y atenderán los siguientes asuntos: 1. La transacción del caso. 2. La simplificación de controversias y la estipulación de hechos que no estén en disputa. 3. La necesidad de realizar enmiendas a las alegaciones. 4. El intercambio de, entre otros, exhibits, documentos, testimonios preparados y admisiones o estipulaciones de hechos que evitarán prueba innecesaria. 5. La limitación del número de peritos y otros testigos. 6. Establecer una fecha y lugar para celebrar la vista, si aún no está establecida 0 se ha pospuesto. 7. Cualquier otro asunto que pueda acelerar la disposición de los procedimientos. 15
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