Regl. 9551, art. 7.2
Orden de Acuerdo de transacción
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Cite as Reglamento Núm. 9551, Art. 7.2
El Comisionado impartirá su aprobación a una transacción cuando la misma esté en armonía con la
política pública de la Oficina, así como con las leyes, reglamentos y cartas circulares que administra.
Ningún acuerdo de transacción finalizará algún procedimiento sin que medie la aprobación del
Comisionado en el mismo.