Regl. 9552, art. 1.7 dup2
Propósito del Reglamento
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Cite as Reglamento Núm. 9552, Art. 1.7 dup2
Este Reglamento se emite para atemperar los asuntos operacionales del Instituto, su manejo
y con el fin de facilitar el acceso a la información sobre reclutamiento y selección del recurso
humano en el servicio de carrera, sistema de turnos de prioridad y preferente, Registro de
Licitadores del Instituto, compras, subastas formales, entre otros.
El Capítulo II se emite para establecer todo lo referente al procedimiento de reclutamiento y
selección de los empleados del servicio de carrera del Instituto. Dicho Capítulo está
fundamentado en el Artículo 10 de la Ley 135-2020, que dispone que el Instituto estará
excluido de las disposiciones de la Ley 8-2017, según enmendada, conocida como "Ley para
la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto
Rico"; así como también de las disposiciones de la Ley Núm. 230 de 23 de julio de 1974,
según enmendada, conocida como "Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico"; de la
Ley 3-2017, según enmendada, conocida como "Ley para Atender la Crisis Económica,
Fiscal y Presupuestaria para Garantizar el Funcionamiento del Gobierno de Puerto Rico"; de
la Ley 26- 2017, según enmendada, conocida como "Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal;
de la Ley 73- 2019, según enmendada conocida como "Ley de la Administración de Servicios
Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019", y
de todos los reglamentos promulgados en virtud de dichas leyes. Siempre regirá los
principios generales del principio del mérito.
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El Capítulo III establece el sistema de turnos de prioridad disponible para las personas con
impedimento, las de edad avanzada, las mujeres embarazadas y los familiares 0 encargados
en gestiones representativas de estos ante el Instituto. Además, establece el sistema de
turno preferente disponible para las personas con asuntos pendientes ante el Instituto
cuando hayan viajado de y hacia las islas de Puerto Rico, Culebra o Vieques.
El Capítulo IV establece lo referente al Registro de Licitadores del Instituto ("Registro"). Entre
otros asuntos, se disponen los documentos que tienen que presentar quienes interesen
inscribirse en dicho Registro. Se establece el fundamento y la forma en que el Instituto puede
eximir a un proveedor de presentar tales documentos.
El Capítulo V establece todo lo referente a las subastas formales del Instituto. Entre otros
asuntos, incluye articulado sobre: composición y término de la Junta de Subastas; facultades
y responsabilidades de dicha Junta; proceso para activar la Junta; excepciones; proceso de
la subasta (anuncio, requisitos del pliego, advertencias del pliego, certificaciones y
documentos especiales requeridos, reunión pre-subasta, ofertas, especificaciones
establecidas en el pliego, fianza de licitación, firma de las ofertas, acto de subasta,
adjudicación, empate de ofertas, adjudicación por partidas, rechazo de oferta O cancelación
de la subasta); reconsideración de la adjudicación de la subasta; y disposiciones generales.
CAPÍTILO II RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DEL RECURSO HUMANO EN EL
SERVICIO DE CARRERA