Regl. 9552, art. 3.1
Definiciones
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Cite as Reglamento Núm. 9552, Art. 3.1
En el contexto de este CapÃtulo III, las palabras y frases tendrán el siguiente significado:
1. Domiciliado calificado: residente de Puerto Rico, Vieques o Culebra, que viaje entre
estas islas, con asuntos o gestiones pendientes y que deba retornar a su hogar el mismo
dÃa.
2. Evidencia requerida: documento que debe presentar la persona interesada en utilizar el
sistema de fila de servicio expreso o el turno de prioridad o preferente para realizar
gestiones oficiales en las instalaciones del Instituto.
3. Familiar o encargado de persona con impedimento o de edad avanzada o de mujer
embarazada: persona que comparece con autorización escrita, u otro método alterno de
certificación, de parte de una persona con impedimento, 0 de edad avanzada, o de mujer
embarazada, para realizar gestiones de nombre o en representación de estos. Dicha
autorización o método alterno de certificación estará acompañada por dos
identificaciones: la de la persona que se representa y la de la persona que le representa.
4. Fila de servicio expreso: lÃnea de servicio designada como exclusiva para las personas
con impedimento, de edad avanzada, las mujeres embarazadas, y los familiares o
encargados en gestiones representativas de estos ante el Instituto. Además, en esta fila
se atiende a los domiciliados calificados mediante turno preferente.
5. Persona con impedimento: persona que tiene un impedimento fÃsico, mental o sensorial
que le prive de manera permanente o indefinida de una o más de las funciones esenciales
de la vida.
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6. Persona de edad avanzada: persona natural que tiene sesenta años o más al momento
de solicitar los servicios del Instituto.
7. Turno de prioridad: sistema de espera para recibir servicio en el Instituto, que establece
que las personas con impedimento, las de edad avanzada, las mujeres embarazadas y
los familiares o encargados en gestiones representativas de estos, serán atendidas antes
que las demás personas.
8. Turno preferente: orden que se establece en la fila de servicio expreso en el Instituto
para la prestación de servicios al domiciliado calificado.