Regl. 9552, art. 3.6 dup2

Evidencia requerida para utilizar el sistema de fila expreso

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Cite as Reglamento Núm. 9552, Art. 3.6 dup2

Las personas interesadas en utilizar la fila de servicio expreso deben presentar la evidencia requerida, según se detalla a continuación: a. Evidencia de persona con impedimento La tarjeta de identificación provista por el Departamento de Salud, de conformidad con la Ley 1071998, ley que concede a las personas con impedimentos un descuento en el precio de admisión a actividades que se celebren en instalaciones públicas y en el costo del transporte público, u otra identificación o documento expedido por el Gobierno de Puerto 15 Rico O por el Gobierno de los Estados Unidos de América que demuestre que es una persona con impedimento. No se aceptará copia del rotulo removible para uso de estacionamiento por persona con impedimento. La reproducción de dicho rotulo es ilegal y está sujeta a las penalidades del Artículo 2.25 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como la "Ley de Vehículos y Transito de Puerto Rico." b. Evidencia de persona de edad avanzada La tarjeta de identificación provista por el Departamento de Salud, de conformidad con la Ley Núm. 108 de 12 de julio de 1985, según enmendada, ley que concede a las personas envejecientes un descuento en el precio de admisión a las actividades que se celebren en instalaciones públicas. También podrá presentarse cualquier identificación emitida por el Gobierno de Puerto Rico o por el Gobierno de los Estados Unidos de América que incluye la fecha de nacimiento. C. Evidencia de familiar o encargado en gestiones de persona con impedimento, o de edad avanzada o de mujer embarazada Documento mediante el cual una persona con impedimento o de edad avanzada o una mujer embarazada autoriza a su familiar o encargado para que realice gestiones a su nombre. Ejemplos de documentos: declaración jurada, sentencia del tribunal de Puerto Rico que establezca tutela, autorización preparada y firmada por la persona a cuyo nombre se harán las gestiones, certificado de nacimiento o de matrimonio que establezca la relación entre la persona que necesita el servicio y la que gestiona el mismo. d. Evidencia de mujer embarazada En el caso de que se encuentre en los primeros meses de embarazo se presentará una certificación médica. El estado físico visible de gestación será suficiente evidencia. e. Evidencia de domiciliado calificado Boleto, pasaje O cualquier otro documento que pruebe que su regreso a las islas de Culebra o Vieques será el mismo día.
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