Regl. 9552, art. 5.1
Definiciones
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Cite as Reglamento Núm. 9552, Art. 5.1
En el contexto de este CapÃtulo V, las palabras y frases tendrán el siguiente significado:
1. Bien: aquel susceptible de apropiación, y en general, todo lo que se puede transportar de
un punto a otro sin causar daño al inmueble al cual está unido.
2. Buena pro: oferta que resultó ganadora según los criterios de evaluación de la Junta de
Subastas.
3. Especificaciones: detalle de las caracterÃsticas y las cualidades del bien o servicio, que
son requeridas en el pliego de la subasta.
4. Licitador: persona natural o jurÃdica disponible e interesada en contratar y comparecer a
la presentación de ofertas de bienes o servicios para las subastas del Instituto.
5. Oferta: conjunto de bienes o servicios con un precio concreto que presenta un licitador
en el proceso de subasta.
6. Pliego: invitación a subasta que incluye las condiciones o las cláusulas que se requieren
o aceptan en un proceso de subasta.
7. Proveedor: persona natural o jurÃdica o negocio que suministra los bienes o presta los
servicios requeridos.
8. Servicios: incluye los servicios no profesionales. También se refiere a los servicios
profesionales que sean necesarios para la adquisición del bien.
9. Subasta: proceso mediante el cual se adquieren bienes o se solicitan servicios estimados
por una cantidad igual o mayor que $250,000.00, basado en la competencia entre
licitadores interesados en ofrecer los mismos al menor costo posible.