Regl. 9555, art. 2.3
Aprobación de sobregiros
Length: 60 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9555, Art. 2.3
La aprobación de sobregiros se considerará como una extensión de crédito por la cooperativa
por lo cual, los parámetros que regirán su otorgamiento deberán estar contenidos en las normas
prestatarias o en las polÃticas institucionales de la cooperativa. También, le aplicará todas las
disposiciones relativas a la concesión de préstamos establecidas en la Ley Núm. 255 y en este
Reglamento.