Regl. 9555, art. 3.2
Educación y experiencia de los (las) empleados(as) que trabajan con préstamos
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Cite as Reglamento Núm. 9555, Art. 3.2
comerciales
(a) Los (Las) empleados(as) que realizan la evaluación y análisis de los préstamos comerciales
deben tener cierto nivel de educación y experiencia. Estos(as) empleados(as) deben contar con
la habilidad de entrevistar a los (las) clientes(as), analizar los estados financieros, evaluar un
plan de negocios y evaluar los riesgos inherentes a la industria en la que opera el (la) cliente(a).
(b) Los (Las) empleados(as) deben poseer al menos la siguiente educación y experiencia:
1.
Conocimiento de estados financieros.
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2.
Bachillerato en contabilidad 0 finanzas. Sin embargo, un bachillerato en otro campo con
créditos en contabilidad y finanzas, y un mÃnimo de cuatro (4) años de experiencia en
crédito comercial serÃa aceptable.
3.
Al menos 2 años de experiencia evaluando préstamos comerciales.
4.
Anualmente tomar al menos 12 horas de educación continua en cualesquiera de las
siguientes áreas (al menos 6 créditos deben ser de préstamos comerciales):
i.
Cursos de préstamos comerciales.
ii.
Análisis de estados financieros y flujos de efectivo que permitan evaluar capacidad
de repago del financiamiento.
iii.
Contabilidad
iv.
Riesgos en préstamos comerciales.
MST
V.
Planes de negocios
vi.
Planificación estratégica
vii.
Proyecciones financieras
viii.
Planillas de contribución sobre ingresos
(c) Si la cooperativa no cuenta con personal suficiente que reúna los requisitos dispuestos en este
Reglamento, deberá contratar asesores(as) externos(as), con la educación y experiencia
requerida para asistir en la evaluación de los préstamos comerciales.