Regl. 9555, art. 3.2

Educación y experiencia de los (las) empleados(as) que trabajan con préstamos

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Cite as Reglamento Núm. 9555, Art. 3.2

comerciales (a) Los (Las) empleados(as) que realizan la evaluación y análisis de los préstamos comerciales deben tener cierto nivel de educación y experiencia. Estos(as) empleados(as) deben contar con la habilidad de entrevistar a los (las) clientes(as), analizar los estados financieros, evaluar un plan de negocios y evaluar los riesgos inherentes a la industria en la que opera el (la) cliente(a). (b) Los (Las) empleados(as) deben poseer al menos la siguiente educación y experiencia: 1. Conocimiento de estados financieros. 19 2. Bachillerato en contabilidad 0 finanzas. Sin embargo, un bachillerato en otro campo con créditos en contabilidad y finanzas, y un mínimo de cuatro (4) años de experiencia en crédito comercial sería aceptable. 3. Al menos 2 años de experiencia evaluando préstamos comerciales. 4. Anualmente tomar al menos 12 horas de educación continua en cualesquiera de las siguientes áreas (al menos 6 créditos deben ser de préstamos comerciales): i. Cursos de préstamos comerciales. ii. Análisis de estados financieros y flujos de efectivo que permitan evaluar capacidad de repago del financiamiento. iii. Contabilidad iv. Riesgos en préstamos comerciales. MST V. Planes de negocios vi. Planificación estratégica vii. Proyecciones financieras viii. Planillas de contribución sobre ingresos (c) Si la cooperativa no cuenta con personal suficiente que reúna los requisitos dispuestos en este Reglamento, deberá contratar asesores(as) externos(as), con la educación y experiencia requerida para asistir en la evaluación de los préstamos comerciales.
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