Regl. 9555, art. 6.2
Evaluación de la entidad que vende los préstamos comerciales
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Cite as Reglamento Núm. 9555, Art. 6.2
(a) La cooperativa debe realizar un análisis financiero de la entidad que vende los préstamos
comerciales para determinar tendencias en las áreas de capital, ganancias netas, morosidad y
proporción de pérdidas crediticias. Al menos, debe incluir un análisis de los pasados 2 años y
contener lo siguiente:
1.
Capital/Activos totales: Analizar la razón de capital a activos totales, determinar la
relación de capital que posee la entidad versus el total de activos que está manejando.
2.
Efectivo y Liquidez / Activos totales: Evaluar la liquidez que posee la entidad, fuentes
de financiamiento, habilidad para obtener liquidez de ser necesario y el manejo de
compra/venta de préstamos y su efecto en el "cash flow" de la entidad.
AAA
3.
Ingresos netos y estados de flujo de efectivo: Evaluar los ingresos netos y su rendimiento
operacional, el movimiento del efectivo y el impacto en las operaciones.
4.
Préstamos en morosidad / Préstamos totales: Evaluar el comportamiento histórico de la
morosidad, el manejo de las gestiones de cobros y sus resultados.
5.
Pérdidas en préstamos / Préstamos promedio: Evaluar el comportamiento histórico de la
razón de pérdidas en préstamos.
(b) Evaluar la experiencia de la gerencia en la otorgación de los préstamos que serán comprados.
(c) Revisión anual y seguimiento:
1.
La cooperativa revisará anualmente la situación financiera, el entorno comercial y las
operaciones de la entidad que vende los préstamos comerciales. Esta evaluación incluirá
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los estados financieros auditados, liquidez, morosidad y otros elementos considerados
necesarios.
2.
La cooperativa se responsabiliza en investigar y mantenerse informada de cualquier
aspecto que pudiese representar algún riesgo asociado con la entidad que vende la
cartera de préstamos comerciales.
3.
La cooperativa deberá evaluar los riesgos relacionados con el área de cumplimiento de
la entidad de la cual interesa adquirir los préstamos comerciales.
(d) Se debe preparar un documento por escrito sobre la evaluación de los estados financieros de
la entidad a la cual comprará los préstamos comerciales. Dicho documento debe contener los
asuntos incluidos en este Reglamento, y deben estar disponibles para examen por la
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Corporación. Cada cooperativa será responsable de su evaluación y determinación de los
"AA
riesgos que asume.