Regl. 4106, art. 5-5.10 dup2
Asignación de las Clases de Puestos a las Escalas de Retribución
Length: 226 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 4106, Art. 5-5.10 dup2
Se asignarán inicialmente las clases que integren el plan de clasificación a las
escalas de sueldos contenidas en el plan de retribución vigente, a base principalmente
de la jerarquía relativa que se determine para cada clase dentro del plan de clasificación. En adición, podrá tomar en consideración otras condiciones, como la dificultad
existente en el reclutamiento y retención del personal para determinadas clases,
- 14 A
cualificaciones necesarias para el desempeño de las funciones, oportunidades de
ascensos existentes dentro del plan de clasificación, sueldos prevalecientes en
otros sectores de la economía para la misma ocupación, condiciones especiales,
aspectos relativos a costo de la vida y situacion fiscal.
-15-
El Presidente podrá reasignar cualquier clase de puesto de una escala de
retribución a otra de las contenidas en el plan de retribución, cuando la
necesidad o eficiencia del servicio así lo requiera; o como resultado de un
estudio que realizare con respecto a una clase de puestos, una serie de clases
O un área de trabajo; O por exigencia de una modificación al plan de clasificación.
Efectivo al comienzo de cada año fiscal, el Presidente previa aprobación de la
Oficina Central de Administración de Personal asignará las clases de puestos comprendidas en el plan de clasificación a las escalas contenidas en el plan de retribución. Dicho documento incluirá además, el número de codificación asignado a la
clase.