Regl. 9556, art. VII-2 dup2

Composición, designación de integrantes permanentes y suplentes; término de la

Length: 275 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9556, Art. VII-2 dup2

designación; remuneración 1. La Junta de Subastas estará compuesta por tres (3) integrantes permanentes y hasta dos (2) integrantes suplentes, todos funcionarios(as) públicos de la Corporación. No podrá ser integrante de la Junta de Subastas el (la) Director(a) Ejecutivo(a) o cualquier otro funcionario(a) público de la Corporación que intervenga directamente en el proceso de compras, incluyendo la preparación de las especificaciones, o que tenga o pueda tener intereses encontrados con la adquisición del bien, servicio no profesional o ejecución de la obra. Tampoco podrá serlo cualquier funcionario(a) público del Área de Desarrollo Económico Comunitario de la Corporación que de alguna forma provea servicios de apoyo directo a empresas comunitarias. 2. El Director(a) Ejecutivo(a) designará los integrantes de la Junta de Subastas y el cargo que cada uno(a) ocupará. Si el Presidente(a) de la Junta de Subastas se ausentara por un tiempo prolongado, el Director(a) Ejecutivo(a) designará interinamente como Presidente(a) al integrante permanente que no sea el Secretario(a), y a un(a) integrante suplente como sustituto(a) del integrante permanente designado(a) interinamente como Presidente(a). 3. Los integrantes permanentes ocuparán sus cargos en la Junta de Subastas durante el término que determine el Director(a) Ejecutivo(a) y hasta que sus sucesores(as) ocupen sus respectivos cargos. El (los) integrante(s) suplente(s) ocupará(n) su(s) cargo(s) hasta que cesen las funciones para las que fue (fueron) designado(s) como tal. 4. Los (Las) integrantes suplentes sustituirán a los permanentes en caso de vacaciones, de ausencia o enfermedad, de conflicto de intereses real 0 aparente, y/o por cualquier otra razón debidamente justificada. 5. Los (Las) integrantes de la Junta de Subastas no recibirán remuneración adicional a sus salarios por las funciones que desempeñen en ese cuerpo.
Regl. 9556, art. VII-2 dup2: Composición, designación de integrantes permanentes y suplentes; término de la | Justis AI