Regl. 9556, art. XIII-3

Modificación de ofertas

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Cite as Reglamento Núm. 9556, Art. XIII-3

1. Los (Las) licitadores(as) podrán modificar o corregir las ofertas únicamente antes de la apertura, mediante comunicación escrita presentada ante la Junta de Subastas en la oficina de la Corporación, en Sometido por: Reglamento para el Trámite de Subastas Formales de la Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña Aprobado por:JURN Página #47 de 75 sobre cerrado debidamente identificado con la siguiente información: a) Número de la subasta; b) Fecha; c) Hora señalada para el acto de apertura; d) Nombre y dirección del licitador(a); e) Información en que se indique las razones para la modificación 0 corrección a la oferta; y f) Firma del (la) licitador(a) o de su representante autorizado(a). 2. La Junta de Subastas no considerará modificaciones o correcciones a ofertas que no cumplan con lo establecido en el inciso anterior o que se presenten luego de la fecha y la hora del acto de apertura. 3. Toda modificación de oferta se abrirá en la fecha y la hora señalada para el acto de apertura de la subasta formal, juntamente con la oferta original.
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