Regl. 9556, art. XIII-5

Ofertas tardías

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Cite as Reglamento Núm. 9556, Art. XIII-5

1. La Junta de Subastas no tomará en consideración oferta alguna entregada después del día y la hora que se establezcan como límite para presentar ofertas. 2. Las ofertas entregadas por correo electrónico o por facsímil no se tomarán en consideración, a menos que se haya autorizado previamente en la Invitación a Subasta Formal. Sometido por: Reglamento para el Trámite de Subastas Formales de la Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña Aprobado por: JoBn Página #48 de 75 3. Las ofertas recibidas fuera del periodo límite establecido para ello serán devueltas al (la) licitador(a), sin abrir, acompañadas de una carta explicativa.
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