Regl. 9556, art. XI-5

Publicación del Aviso de Subasta Formal

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Cite as Reglamento Núm. 9556, Art. XI-5

1. El Secretario(a) de la Junta de Subastas tramitará la publicación del Aviso de Subasta Formal en el RUS y en la página cibernética de la Corporación, y enviará la Invitación a Subasta Formal a todos(as) los(as) licitadores(as) inscritos en el RUL, bajo la categoría correspondiente al bien o servicio no Sometido por: Reglamento para el Trámite de Subastas Formales de la Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña Aprobado por: JOBP Página #42 de 75 profesional a adquirirse, u obra a ejecutarse, por lo menos veinte (20) días laborables antes de la fecha límite establecida para la entrega de ofertas. No obstante, dicho término podrá reducirse, pero nunca a un término menor de diez (10) días laborables, si ocurrieran circunstancias inusuales o si la Junta de Subastas considerare que ello sirve a los mejores intereses de la Corporación. Cuando la Junta de Subastas considere que el término debe ser menor de veinte (20) días laborables, deberá justificarlo por escrito señalando las razones para ello. Dicha justificación formará parte del expediente de la subasta formal. 2. El Secretario(a) de la Junta de Subastas remitirá la Invitación a Subasta Formal a todos(as) los(as) licitadores(as) inscritos en el RUL, bajo la categoría correspondiente al bien o servicio no profesional a adquirirse, u obra a ejecutarse, mediante correo electrónico, a la dirección provista en el RUL. 3. Cuando la subasta formal esté subvencionada en todo o en parte con fondos federales, el Aviso de Subasta Formal y la Invitación a Subasta Formal será publicada y/o enviada en el término y método establecido por la entidad federal concernida. Además, se publicará el Aviso de Subasta Formal en el RUS y en la página cibernética de la Corporación. 4. Cuando la Invitación a Subasta Formal se haya limitado a empresas con trato preferente, empresas del Programa de Reservas o a licitadores(as) precalificados, el (la) Secretario(a) de la Junta de Subastas se encargará de que el Aviso de Subasta Formal se le envíe también, por correo certificado con acuse de recibo o por correo electrónico, directamente a esos licitadores(as), por lo menos veinte (20) días laborables antes de la fecha límite establecida para la entrega de ofertas. No obstante, dicho término podrá reducirse, pero nunca a un término menor de diez (10) días laborables, si ocurrieran circunstancias inusuales o la Junta de Subastas considerare que ello sirve a los mejores intereses de la Corporación. Cuando la Junta de Subastas considere que el término debe ser menor de veinte (20) días laborables, deberá justificarlo por escrito señalando las razones para ello. 5. Cuando sea indispensable, o la Junta de Subasta considerare que ello sirve a los mejores intereses de la Corporación, publicar el Aviso de Subasta Formal en un periódico o en cualquier otro medio de comunicación y ello implique erogar fondos públicos, la Junta de Subastas obtendrá la aprobación previa de la OGP de manera que se publique dentro del término establecido en el inciso 1 de la presente sección.
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