Regl. 9556, art. XI-6

Descuento por pronto pago

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Cite as Reglamento Núm. 9556, Art. XI-6

1. Cuando proceda, se estimularán descuentos por pronto pago mediante instrucciones en la Invitación a Subasta Formal y se considerarán al adjudicar la subasta formal. El Área de Administración y Finanzas se asegurará de aprovecharlos. 2. Los documentos de compra que conlleven la concesión de un descuento por pronto pago se marcarán Sometido por: Reglamento para el Trámite de Subastas Formales de la Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña Aprobado por: Toogh Página #43 de 75 de manera que lea "Descuento", para que el pago se procese dentro del término establecido en la concesión. 3. En las compras que conlleven la concesión de un descuento, el período de descuento se computará desde la fecha en que el embarque final de los bienes 0 equipos se entregue, inspeccione y acepte, los servicios no profesionales se rindan, las obras se finalicen y acepten y el (la) contratista presente las facturas correspondientes y debidamente certificadas para el pago. 4. La fecha de pago será la que aparezca en el cheque emitido.
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