Regl. 9556, art. XI-6
Descuento por pronto pago
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Cite as Reglamento Núm. 9556, Art. XI-6
1. Cuando proceda, se estimularán descuentos por pronto pago mediante instrucciones en la Invitación a
Subasta Formal y se considerarán al adjudicar la subasta formal. El Área de Administración y Finanzas
se asegurará de aprovecharlos.
2. Los documentos de compra que conlleven la concesión de un descuento por pronto pago se marcarán
Sometido por:
Reglamento para el Trámite de Subastas Formales de la
Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña
Aprobado por:
Toogh
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de manera que lea "Descuento", para que el pago se procese dentro del término establecido en la
concesión.
3. En las compras que conlleven la concesión de un descuento, el período de descuento se computará
desde la fecha en que el embarque final de los bienes 0 equipos se entregue, inspeccione y acepte, los
servicios no profesionales se rindan, las obras se finalicen y acepten y el (la) contratista presente las
facturas correspondientes y debidamente certificadas para el pago.
4. La fecha de pago será la que aparezca en el cheque emitido.