Regl. 9556, art. XVIII-2
Notificación de la cancelación
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Cite as Reglamento Núm. 9556, Art. XVIII-2
El (La) Secretario(a) de la Junta de Subastas notificará el aviso de cancelación mediante correo electrónico
a todos(as) los(as) licitadores(as) que hayan obtenido el (los) pliego(s) de subasta formal. Además, se
publicará el aviso de cancelación en el RUS y en la página cibernética de la Corporación.