Regl. 9556, art. XXI-4

Publicación del Aviso de Solicitud de Propuestas

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Cite as Reglamento Núm. 9556, Art. XXI-4

1. El (La) Gerente de Administración y Finanzas o el (la) Gerente de Urbanismo e Infraestructura, según corresponda, tramitará la publicación del Aviso de SDP en el RUS y en la página cibernética de la Sometido por: Reglamento para el Trámite de Subastas Formales de la Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martin Peña Aprobado por: Página #65 de 75 JGBR Corporación, y enviará la Invitación a SDP a todos(as) los(as) licitadores(as) inscritos en el RUL, bajo la categoría correspondiente al bien o servicio no profesional a adquirirse, u obra a ejecutarse, por lo menos veinte (20) días laborables antes de la fecha límite establecida para la entrega de propuestas. No obstante, dicho término podrá reducirse, pero nunca a un término menor de diez (10) días laborables, si ocurrieran circunstancias inusuales 0 si se considerare que ello sirve a los mejores intereses de la Corporación. Cuando se considere que el término debe ser menor de veinte (20) días laborables, deberá justificarlo por escrito señalando las razones para ello. Dicha justificación formará parte del expediente de la SDP. 2. El (La) Gerente de Administración y Finanzas o el (la) Gerente de Urbanismo e Infraestructura, según corresponda, remitirá la Invitación a Subasta Formal a todos(as) los(as) licitadores(as) inscritos en el RUL, bajo la categoría correspondiente al bien o servicio no profesional a adquirirse, u obra a ejecutarse, mediante correo electrónico, a la dirección provista en el RUL. 3. Cuando la SDP esté subvencionada en todo o en parte con fondos federales, el Aviso de SDP y la Invitación a SDP será publicada y/o enviada en el término y método establecido por la entidad federal concernida. Además, se publicará el Aviso de SDP en el RUS y en la página cibernética de la Corporación. 4. Cuando la Invitación a SDP se haya limitado a empresas con trato preferente, empresas del Programa de Reservas o a licitadores(as) precalificados, el (la) Gerente de Administración y Finanzas o el (la) Gerente de Urbanismo e Infraestructura, según corresponda, se encargará de que el Aviso de SDP se le envíe también, por correo certificado con acuse de recibo o por correo electrónico, directamente a esos licitadores(as), por lo menos veinte (20) días laborables antes de la fecha límite establecida para la entrega de ofertas. No obstante, dicho término podrá reducirse, pero nunca a un término menor de diez (10) días laborables, si ocurrieran circunstancias inusuales o se considerare que ello sirve a los mejores intereses de la Corporación. Cuando se considere que el término debe ser menor de veinte (20) días laborables, deberá justificarlo por escrito señalando las razones para ello. 5. Cuando sea indispensable, o se considerare que ello sirve a los mejores intereses de la Corporación, publicar el Aviso de SDP en un periódico o en cualquier otro medio de comunicación y ello implique erogar fondos públicos, el (la) Gerente de Administración y Finanzas o el (la) Gerente de Urbanismo e Infraestructura, según corresponda, obtendrá la aprobación previa de la OGP de manera que se publique dentro del término establecido en el inciso 1 de la presente sección.
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